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jueves, 4 de mayo de 2017

Etiquetado de los alimentos




ETIQUETADO DE LOS ALIMENTOS

Desde el 13 de diciembre de 2016 se ha convertido en una obligatoriedad conocer e interpretar la información alimentaria del etiquetado de los alimentos. Una formación que los profesionales ligados al sector de las industrias alimentarias y la hostelería deben recibir para evitar posibles sanciones por incumplimiento. 

El incumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011, puede suponer sanciones desde 5.001€ a 600.000€.

¿Para qué capacita este título?

Para conocer e interpretar la normativa vigente sobre etiquetado alimentario, permitiendo la correcta imposición y diseño de los envases, así como asegurar la protección del consumidor y garantizar la lealtad de las transacciones comerciales aumentando la competitivad.

Realizar el etiquetado correcto en productos alimentarios, diferenciando las necesidades propias de aquellos que han sido irradiados, transgénicos o provienen de la producción ecológica, entre otros.

Principales novedades que introduce:

CONGELADOS

La carne, los preparados de carne y los productos de pesca no transformados congelados tendrán que indicar la fecha de congelación o de primera congelación. Los alimentos que hayan sido sometidos a un proceso de congelación y luego se vendan descongelados también deberán indicarlo en la etiqueta.

ETIQUETADO NUTRICIONAL OBLIGATORIO

La información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal se debe indicar de manera agrupada y expresada según la porción (por 100 gramos o 100 mililitros).

LETRA DE LAS ETIQUETAS

En envases de más de 80 cm2., el tamaño mínimo de la letra será de 1,2 mm. de altura y en los de tamaño inferior, de 0,9 mm.

ALÉRGENOS

Deben estar bien visibles y utilizar una tipografía diferente: color distinto, otro tipo de letra o que aparezca en negrita.

NO ENVASADOS

Para los alimentos que se suministran al consumidor final sin envasar o se envasan en el punto de venta, por ejemplo en los establecimientos de restauración, sólo será obligatoria la indicación de los alérgenos.

VENTA A DISTANCIA


La información obligatoria que figure en las etiquetas de los productos alimenticios será la misma independientemente de si el consumidor realiza la compra por internet, a través de medios de venta a distancia o en un supermercado o gran superficie.


OBJETIVOS:

- Adquisición de los conocimientos necesarios sobre el correcto etiquetado de los alimentos según la normativa vigente actual, así como las perspectivas entorno a sus exigencias.
- Conocer y saber interpretar los requerimientos sobre etiquetado en productos específicos, como pueden ser los productos manipulados genéticamente o los alimentos irradiados.
- Saber qué es, como se utiliza y la influencia del etiquetado en torno al seguimiento de la trazabilidad.
- Conocer las exigencias e imposición del etiquetado nutricional y etiquetado sobre alérgenos e intolerancias alimentarias.

¿A QUIÉN VA DESTINADO?:

- A integrantes de la industria alimentaria, productores, distribuidores y comerciantes que quieran ratificar y/o adquirir conocimientos sobre el correcto etiquetado de los alimentos, con el fin de cumplir con la normativa, detectar irregulaciones o fraudes en la distribución y asegurar la integridad de los productos alimentarios envasados, salvaguardando sus propios intereses.
- A las autoridades de control, facilitando una herramienta de referencia en base a los dictámenes legales.
- A interesados en adquirir conocimientos sobre el etiquetado de alimentos, ajenos a la acividad que se ejerce en este tipo de empresas.

DURACIÓN:

15 horas.

MODALIDAD:

Teleformación

Contenido desarrollado bajo el Reglamento 1169/2011 sobre el etiquetado de los alimentos.